Querella contra AIEP: las contradicciones por los pagarés que frenaron miles de cobranzas
Una operación destinada a transferir el cobro de miles de deudas estudiantiles derivó en un complejo enfrentamiento penal y civil entre el Instituto Profesional AIEP y la empresa Comercial Remesa.
La controversia se originó en una cartera correspondiente a aproximadamente 12.000 estudiantes, con créditos nominales cercanos a $13.900 millones, que fue adquirida por Remesa por alrededor de $1.100 millones. La empresa compradora sostiene que, al comenzar las cobranzas, detectó créditos duplicados, obligaciones supuestamente pagadas y casos de estudiantes beneficiados con becas que cubrían completamente sus aranceles.
La querella contra AIEP se encuentra actualmente en investigación, sin que hasta ahora se haya informado una formalización o condena. Paralelamente, AIEP mantiene acciones civiles contra Remesa por el incumplimiento de las cuotas comprometidas en la operación.
El instituto ha rechazado las acusaciones. Según su posición pública, los antecedentes fueron entregados a las autoridades competentes y las imputaciones formuladas por Remesa carecerían de fundamento.
Una cartera de $13.900 millones
El conflicto se remonta a septiembre de 2023, cuando AIEP invitó a Comercial Remesa a presentar una oferta por una cartera compuesta por deudas de estudiantes inactivos.
La operación consideraba cerca de 12.000 alumnos y obligaciones nominales por aproximadamente $13.900 millones. Remesa ofreció pagar alrededor de $1.100 millones, mediante un abono inicial y cuotas sucesivas que debían completarse en abril de 2025.
La venta de una cartera permite que una institución transfiera a un tercero el derecho a cobrar determinados créditos. La compradora paga una fracción de su valor nominal y asume el riesgo de recuperar solo una parte de las obligaciones adquiridas.
Remesa tenía experiencia en este mercado y, según los antecedentes de la controversia, había mantenido durante cerca de diez años relaciones comerciales con AIEP mediante distintas sociedades vinculadas.
El contrato definitivo fue suscrito en marzo de 2024. Por AIEP firmaron Felipe Ibarra Argelery, entonces vicerrector económico y representante legal, y Jorge Martínez Durán, vicerrector de Operaciones y también representante legal.
Las presuntas irregularidades denunciadas por Remesa
De acuerdo con la querella y las declaraciones incorporadas a la investigación, el proceso de cobranza habría permitido detectar obligaciones que, según Remesa, no podían ser exigidas en los términos informados al momento de la compraventa.
Entre las situaciones denunciadas se encuentran:
- Créditos que habrían sido incluidos más de una vez en la misma cartera.
- Estudiantes que ya figuraban en carteras vendidas anteriormente.
- Deudas que presuntamente fueron cedidas tanto a Remesa como a otra empresa.
- Obligaciones correspondientes a estudiantes que ya habrían pagado.
- Casos de alumnos con becas estatales que cubrían el total de sus aranceles.
- Estudiantes retirados, titulados o que habrían renegociado previamente sus compromisos con el instituto.
El exgerente de Operaciones y asesor de Remesa, Enrique Vitar, declaró que los créditos duplicados o repetidos de carteras anteriores alcanzaban aproximadamente $82 millones. A ello se agregarían cerca de $23 millones correspondientes a casos que habrían sido vendidos simultáneamente a Remesa y a otra empresa.
Estas cifras forman parte de las alegaciones de la empresa querellante y deberán ser comprobadas durante la investigación. Por ahora, no constituyen hechos establecidos mediante una sentencia.
Vitar también sostuvo que las anomalías fueron comunicadas a ejecutivos de AIEP en una reunión realizada en mayo de 2024. Según su declaración, participaron Felipe Ibarra; el director de Cobranzas, José Manuel Vera; y el director de Finanzas, Erick Vergara.
La versión de Remesa indica que AIEP restituyó cerca del 40% del valor asociado a ciertos créditos observados, pero que no habría respondido satisfactoriamente respecto del saldo restante.
La controversia por los pagarés estudiantiles
Uno de los puntos centrales del conflicto corresponde a la existencia y entrega material de los pagarés que respaldarían las deudas estudiantiles.
Según la documentación contractual citada por Remesa, la cesión de los créditos se realizó mediante una entrega ficta o simbólica. Esto significaría que los pagarés no fueron traspasados físicamente al momento de firmar el contrato, pero se habrían mantenido archivados en dependencias de AIEP y disponibles para su entrega cuando fueran requeridos.
Remesa asegura que solicitó formalmente los documentos el 18 de agosto de 2024, pero que no los recibió. La empresa sostiene que, sin esos títulos, quedó limitada para ejercer acciones ejecutivas de cobranza.
La falta de entrega dio origen a otro punto controvertido: determinar si los pagarés estaban efectivamente emitidos y suscritos cuando se celebró la operación.
Según las declaraciones atribuidas al director de Cobranzas y al director de Finanzas de AIEP, el instituto no mantenía físicamente todos los pagarés y su preparación requería un procedimiento que podía tardar aproximadamente 90 días.
Remesa contrapone estas declaraciones con los estados financieros de AIEP correspondientes a 2023 y 2024. Según la querellante, esos documentos indicarían que los pagarés se encontraban suscritos por los estudiantes.
La aparente diferencia entre los registros contables, el contrato y las declaraciones entregadas durante la investigación será uno de los aspectos que deberán esclarecer el Ministerio Público y los tribunales.
AIEP acusa cuotas impagas
AIEP sostiene que la entrega de los pagarés fue solicitada cuando Remesa ya había incumplido sus obligaciones de pago.
La empresa compradora reconoce la existencia de cuotas pendientes, pero afirma que había obtenido una prórroga. De acuerdo con el testimonio de Felipe Ibarra, las cuotas correspondientes a mayo, junio y julio de 2024 habrían sido redistribuidas entre agosto y diciembre.
Remesa plantea, además, que el contrato no condicionaba expresamente la entrega de los pagarés al pago íntegro del precio. Desde esa perspectiva, argumenta que AIEP no podía retener los documentos aun cuando existiera mora.
La posición de AIEP es diferente. El instituto considera que Remesa incumplió el nuevo calendario y que la querella penal constituye una reacción frente a la demanda ejecutiva presentada para obtener el pago de la operación.
Demanda por más de $927 millones
En octubre de 2024, AIEP presentó una acción civil contra Remesa por el incumplimiento de las cuotas reprogramadas.
El instituto invocó un pagaré por $1.012.911.114 y exigió el pago anticipado del saldo pendiente, calculado en $927.911.114, además de intereses, reajustes y costas.
En ese procedimiento se decretó el embargo de un inmueble vinculado al propietario de la empresa, quien habría comparecido como aval y codeudor solidario.
Remesa sostiene que dejó de cumplir las cuotas porque no recibió los pagarés estudiantiles y porque las irregularidades detectadas habrían afectado sustancialmente el valor real de la cartera.
Más adelante se inició otro procedimiento civil relacionado con el mismo contrato. En esa sede fue rechazada una solicitud destinada a obtener la liquidación de la empresa. Sin embargo, esa decisión no estableció definitivamente que AIEP hubiese incumplido el contrato.
El pronunciamiento habría considerado que el pagaré invocado no reunía, en esas circunstancias, la exigibilidad suficiente para sustentar la liquidación mientras existiera una controversia relevante sobre el negocio que le dio origen.
Una de las causas civiles permanece pendiente ante el 12.º Juzgado Civil de Santiago.
Posible afectación de estudiantes y exalumnos
El caso no se limita a una disputa comercial. Las irregularidades denunciadas podrían tener consecuencias para estudiantes y exalumnos incluidos en las carteras.
Si una persona fue incorporada por error, pagó anteriormente su obligación o contaba con una beca que cubría completamente el arancel, podría verse expuesta a gestiones de cobranza improcedentes.
No obstante, cada situación deberá revisarse individualmente. La inclusión de un estudiante en los antecedentes aportados por Remesa no demuestra por sí sola que haya existido un cobro ilegal.
Desde una perspectiva jurídica, las instituciones y empresas de cobranza deben mantener información verificable y actualizada sobre la existencia, monto, titularidad y exigibilidad de las obligaciones. También deben evitar comunicaciones que puedan inducir a error respecto de deudas inexistentes, extinguidas o discutidas.
Las otras acusaciones formuladas en la causa
Personas vinculadas a Remesa también solicitaron que se revisaran los estados financieros de AIEP y plantearon sospechas relacionadas con eventuales incumplimientos tributarios.
Hasta ahora, según los antecedentes conocidos, el Servicio de Impuestos Internos no se ha hecho parte del procedimiento. Tampoco existe una resolución pública que establezca la existencia de evasión tributaria.
Por esa razón, esas afirmaciones deben ser tratadas exclusivamente como alegaciones efectuadas por una de las partes y no como hechos acreditados.
La respuesta de AIEP
Consultado sobre el conflicto, AIEP manifestó que no entregaría detalles a través de los medios mientras los procesos judiciales permanezcan vigentes.
El instituto aseguró haber presentado los antecedentes a las autoridades correspondientes, defendió el cumplimiento de sus protocolos internos y manifestó su confianza en que las causas serán resueltas favorablemente.
AIEP también calificó las imputaciones como carentes de sustento. Esta posición deberá contrastarse con la documentación contractual, los estados financieros, las declaraciones prestadas y las diligencias que desarrolle el Ministerio Público.
Investigación penal sin formalización
La investigación penal se tramita ante el 8.º Juzgado de Garantía de Santiago y permanece, de acuerdo con los antecedentes disponibles, sin formalización.
Ejecutivos de AIEP han prestado declaración en calidad de imputados. Esta condición procesal significa que la investigación puede dirigirse respecto de sus actuaciones, pero no implica culpabilidad ni equivale a una acusación formal o condena.
Corresponderá al Ministerio Público determinar si los antecedentes permiten acreditar la existencia de un delito y la eventual participación de personas determinadas. También podrá resolver el cierre de la investigación si no reúne elementos suficientes para continuar.
Un conflicto comercial con efectos jurídicos más amplios
La controversia entre AIEP y Remesa combina tres dimensiones: la validez económica de la cartera, el cumplimiento de las obligaciones contractuales y la eventual existencia de conductas penalmente relevantes.
La investigación deberá establecer si las inconsistencias denunciadas corresponden a errores administrativos, incumplimientos civiles o hechos que puedan configurar algún delito. También deberá aclarar si los pagarés existían en las condiciones declaradas, quién debía custodiarlos y bajo qué circunstancias correspondía entregarlos.
Mientras no exista una resolución firme, ninguna de las acusaciones puede considerarse probada. Sin embargo, la magnitud de la operación y la posible inclusión de estudiantes con deudas pagadas o inexistentes hacen necesaria una revisión rigurosa de los antecedentes.
El resultado de las causas será relevante no solo para AIEP y Remesa. También podría incidir en los mecanismos de control utilizados en la venta de carteras educacionales y en la protección de estudiantes frente a cobranzas basadas en información incompleta, duplicada o controvertida.
Conclusión jurídica
El conflicto entre AIEP y Comercial Remesa excede una controversia ordinaria por cuotas impagas. Los antecedentes conocidos plantean interrogantes sobre la existencia, integridad y exigibilidad de los créditos cedidos, la eventual duplicación de deudas y la falta de entrega de los pagarés que debían respaldar las acciones de cobranza.
Desde la perspectiva civil, los tribunales deberán determinar si AIEP cumplió correctamente su obligación de ceder créditos válidos y acompañados de los antecedentes necesarios para hacerlos efectivos. También deberán resolver si el incumplimiento de Remesa se encuentra justificado por la falta de entrega de esos documentos o si, por el contrario, la empresa estaba obligada a continuar pagando independientemente de las observaciones detectadas.
En el ámbito penal, no basta con demostrar que existieron errores, créditos incobrables o incumplimientos contractuales. Para configurar una eventual estafa será necesario acreditar la existencia de un engaño previo o concurrente, suficientemente idóneo para inducir a Remesa a celebrar el contrato, además de un perjuicio patrimonial y una eventual intención deliberada de obtener un beneficio económico indebido.
Si las irregularidades correspondieran únicamente a fallas administrativas, inconsistencias contables o interpretaciones contrapuestas del contrato, el conflicto podría mantenerse dentro del ámbito civil. En cambio, si la investigación determinara que se incorporaron conscientemente deudas inexistentes, pagadas o previamente vendidas con el propósito de aumentar artificialmente el valor de la cartera, los hechos podrían adquirir una relevancia penal mayor.
La eventual afectación de estudiantes y exalumnos exige una revisión especialmente rigurosa. Ninguna persona debería ser sometida a cobranzas por una obligación pagada, duplicada, inexistente o cubierta mediante beneficios estudiantiles. Las instituciones involucradas tienen el deber de verificar la identidad del deudor, el origen de la deuda, su monto actualizado y la legitimidad del título antes de iniciar cualquier acción judicial o extrajudicial.
Por ahora, la investigación se mantiene sin formalización y sin condenas, por lo que debe respetarse plenamente la presunción de inocencia. Corresponderá al Ministerio Público y a los tribunales establecer si los hechos constituyen delitos, incumplimientos contractuales o deficiencias administrativas.
Más allá del resultado particular de las causas, el caso plantea la necesidad de reforzar la transparencia y trazabilidad en la venta de carteras educacionales. Cuando están involucradas miles de personas y operaciones por cifras millonarias, la exactitud de los registros y la existencia de respaldos documentales no son simples formalidades: constituyen garantías esenciales para proteger los derechos de los estudiantes, asegurar la validez de las cobranzas y preservar la confianza en las instituciones de educación superior.
















