Contraloría respalda revisión previa antes de sanciones en educación

La Contraloría respaldó la facultad de la Superintendencia de Educación para evaluar denuncias antes de sancionar, aplicando medidas proporcionales.
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Contraloría valida evaluación previa en procesos de la Superintendencia

La Contraloría General de la República emitió un dictamen que valida la potestad de la Superintendencia de Educación para realizar una evaluación previa de los hechos que conoce, con el fin de determinar si constituyen una infracción normativa.

El pronunciamiento confirma que este análisis inicial permite activar mecanismos proporcionales como la mediación, fiscalizaciones o eventuales procesos sancionatorios, según corresponda.

Revisión de dictámenes e instructivos

El dictamen se refiere a los dictámenes N°17 y 72, así como a los oficios N°504 y 739 de 2024, posteriormente reemplazados por el oficio N°963 de 2025.

En este contexto, la Contraloría distinguió entre la potestad sancionadora del organismo y la necesidad de efectuar un examen preliminar de los antecedentes.

Evaluación previa: requisito para sancionar


El organismo contralor sostuvo que una correcta interpretación normativa exige que la Superintendencia evalúe y pondere previamente los hechos denunciados. Este proceso permite establecer si los antecedentes configuran una infracción y definir medidas proporcionales, resguardando principios como la razonabilidad y eficiencia.

Clasificación de denuncias y medidas aplicables

Según el dictamen, la Superintendencia ha desarrollado una regulación interna que clasifica los hechos para determinar sus consecuencias procedimentales.

Entre las medidas posibles se incluyen:

  • Fiscalizaciones
  • Compromisos de mejora
  • Procesos sancionatorios

Estas decisiones deben ser fundadas mediante actos administrativos del director regional competente.

Límites en capacitaciones y rol del Ministerio

La Contraloría precisó que la Superintendencia puede impartir instrucciones obligatorias a establecimientos educacionales.

Sin embargo, estableció un límite:
Las capacitaciones solo pueden dirigirse a sostenedores en materia de rendición de cuentas.

El apoyo técnico-pedagógico corresponde al Ministerio de Educación, como órgano rector del sistema.

Origen del dictamen

La consulta fue presentada por una dirigente de la Asociación de Funcionarios de la Superintendencia de Educación (ASUME), quien cuestionó la legalidad de las instrucciones y capacitaciones.

Conclusión del órgano contralor

Tras analizar la Ley N°20.529, la Contraloría concluyó que:

  • La Superintendencia actúa dentro de sus competencias
  • Sus actos se ajustan a derecho
  • Se respetan principios de eficiencia, proporcionalidad y responsabilidad

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