Denuncian brutal agresión contra perrita en Peñalolén: apuntan a contratista de Aguas Andinas
Denuncian brutal agresión contra “Chica” en Peñalolén: perrita sufrió daño medular y fue eutanasiada
Una grave denuncia por maltrato animal en Peñalolén generó indignación en redes sociales luego de que una usuaria acusara a un trabajador de una empresa contratista vinculada a Aguas Andinas de haber golpeado a una perrita llamada “Chica”.
Según los antecedentes difundidos por su cuidadora, el animal sufrió lesiones en las vértebras lumbares y un profundo compromiso de la médula espinal. Su condición neurológica empeoró hasta provocar la pérdida de sensibilidad y movilidad en las extremidades posteriores. Ante el dolor y el deterioro progresivo, se decidió practicarle una eutanasia.
Hasta ahora, los antecedentes conocidos corresponden a una denuncia pública y a reportes veterinarios divulgados en redes sociales. No se ha informado oficialmente sobre una formalización ni una condena contra la persona señalada.
Denuncia acusa agresión de trabajador contratista
El caso fue dado a conocer por Dayhana Fuentes mediante un grupo de rescate animal en Facebook. En las imágenes difundidas se observaba a “Chica” con dificultades para mantenerse en pie y arrastrando sus extremidades posteriores.
Fuentes afirmó que las lesiones se habrían producido después de que un trabajador relacionado con una empresa contratista golpeara al animal en la comuna de Peñalolén.
La imputación deberá ser investigada para establecer la identidad del presunto responsable, la forma en que ocurrieron los hechos y la relación causal entre la conducta denunciada y las lesiones constatadas.
Exámenes detectaron lesiones lumbares y daño renal
“Chica” fue internada en la Clínica Veterinaria Santa Victoria, donde se le realizaron exámenes sanguíneos y radiológicos.
De acuerdo con las actualizaciones publicadas por su cuidadora, los análisis detectaron un daño renal leve, mientras que las radiografías permitieron localizar lesiones en las vértebras lumbares.
La perrita recibió tratamiento fisiátrico para favorecer la circulación de sus extremidades y necesitó asistencia para vaciar su vejiga debido al compromiso neurológico.
Con el paso de las horas, su condición empeoró. Fuentes informó que el animal presentaba:
- Dolor intenso.
- Ausencia de sensibilidad en las extremidades posteriores.
- Daño profundo en la médula espinal.
- Retención de orina.
- Imposibilidad de defecar con normalidad.
- Falta de alimentación.
- Deterioro general progresivo.
“No tenía posibilidades de volver a caminar”
Según el relato de la cuidadora, la especialista en neurología veterinaria concluyó que “Chica” no tenía posibilidades de recuperar la movilidad.
Ante el sufrimiento del animal y el carácter irreversible de las lesiones, Fuentes tomó la decisión de someterla a eutanasia.
La mujer anunció que cremaría sus restos y manifestó su intención de buscar responsabilidades por lo ocurrido.
El caso fue publicado el 31 de julio y recogido por medios nacionales, que informaron sobre el fallecimiento del animal y la investigación anunciada por la sanitaria.
Aguas Andinas niega vínculo laboral directo
Tras la difusión de la denuncia, Aguas Andinas emitió un comunicado en el que rechazó categóricamente cualquier forma de maltrato animal.
La compañía precisó que la persona señalada no sería trabajador directo de la sanitaria, sino que pertenecería a una empresa externa que presta servicios para ella.
Aguas Andinas informó que solicitó una investigación inmediata a la empresa contratista para esclarecer los hechos y determinar las medidas correspondientes.
La sanitaria también señaló que ofreció a la persona que se hizo cargo de “Chica” la asistencia de la Fundación Ayuda Callejeros, organización con la que mantiene una relación de colaboración. Según la empresa, ese ofrecimiento no fue aceptado.
La compañía sostuvo que, una vez concluida la indagación, aplicará las medidas que correspondan si los antecedentes así lo justifican.
Investigación interna no reemplaza una indagación penal
La revisión ordenada por Aguas Andinas tiene un carácter interno y puede servir para determinar eventuales responsabilidades contractuales, laborales o administrativas dentro de la empresa prestadora de servicios.
Sin embargo, esa investigación no reemplaza una indagación penal. La determinación de la existencia de un delito, la identidad del responsable y su eventual sanción corresponde al Ministerio Público y a los tribunales de justicia.
Tampoco puede atribuirse automáticamente responsabilidad a Aguas Andinas por el solo hecho de que el denunciado supuestamente perteneciera a una compañía contratista. Para establecer otras responsabilidades sería necesario acreditar el vínculo contractual, las funciones que realizaba la persona y las circunstancias precisas en que habría ocurrido la agresión.
¿Qué establece la legislación sobre maltrato animal?
El artículo 291 bis del Código Penal sanciona los actos de maltrato o crueldad contra animales. La legislación contempla penas más elevadas cuando la conducta causa daños, lesiones graves o la muerte del animal.
Cuando las lesiones menoscaban gravemente su integridad física o provocan su muerte, la norma establece:
- Presidio menor en su grado medio.
- Multa de 20 a 30 UTM.
- Inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales.
El artículo 291 ter define como maltrato o crueldad toda acción u omisión injustificada que ocasione daño, dolor o sufrimiento al animal.
La aplicación de estas normas al caso de “Chica” requiere que una investigación acredite la agresión denunciada, la participación de una persona determinada y el nexo causal entre la conducta y las lesiones. Ley N.º 21.020 y artículo 291 bis del Código Penal.
Organizaciones animalistas pueden presentar querella
La Ley N.º 21.020, conocida como Ley de Tenencia Responsable, establece que las organizaciones promotoras de la tenencia responsable de mascotas pueden presentar querellas por delitos de maltrato o crueldad animal, cualquiera sea su domicilio dentro del país.
Asimismo, cualquier persona que tenga antecedentes sobre un posible delito puede realizar una denuncia ante:
- Carabineros de Chile.
- Policía de Investigaciones.
- Ministerio Público.
- Tribunal competente.
Los registros audiovisuales, informes veterinarios, declaraciones de testigos y antecedentes sobre el tratamiento del animal pueden resultar relevantes para esclarecer los hechos.
Conclusión jurídica
La muerte de “Chica” constituye un hecho grave que exige una investigación independiente y respaldada por evidencia. La denuncia difundida en redes sociales y los antecedentes clínicos conocidos pueden orientar las primeras diligencias, pero no reemplazan la determinación formal de responsabilidades.
La empresa contratista deberá esclarecer la identidad y actuación de su trabajador, mientras que Aguas Andinas tendrá que informar de manera transparente el resultado de la investigación anunciada.
Si se acredita que una agresión intencional produjo lesiones medulares irreversibles y condujo a la eutanasia del animal, los hechos podrían ser evaluados bajo la hipótesis agravada de maltrato animal con resultado de lesiones graves o muerte. Esa calificación, sin embargo, corresponde exclusivamente al Ministerio Público y a los tribunales.
El caso también demuestra que el rechazo institucional al maltrato debe traducirse en protocolos efectivos de selección, supervisión y actuación frente a hechos cometidos por personal propio o externo. La protección animal exige prevención, denuncia oportuna y una respuesta judicial capaz de establecer responsabilidades respetando el debido proceso.
















