
Moción busca obligar a parlamentarios a pasar 10 días en sus territorios
La relación entre representantes electos y los territorios que los llevaron al Congreso vuelve al centro del debate legislativo. Un proyecto patrocinado por el senador Enrique Lee propone establecer por ley un estándar mínimo de presencia territorial para diputados y senadores, fijando la obligación de desarrollar funciones oficiales durante al menos diez días hábiles de cada mes en sus respectivos distritos o circunscripciones.
La iniciativa pretende modificar el artículo 7° de la Ley N°18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, incorporando un nuevo inciso que transforme la presencia territorial en un deber formal asociado al ejercicio del cargo.
El debate no se limita a determinar cuántos días debería permanecer un parlamentario en su territorio. La moción plantea una discusión más amplia sobre representación política, descentralización y legitimidad institucional, especialmente frente a la percepción de distancia que puede existir entre el trabajo legislativo desarrollado en Valparaíso y las necesidades cotidianas de las comunidades representadas.
Diez días hábiles mensuales: el núcleo de la propuesta
El proyecto establece que diputados y senadores deberán permanecer al menos diez días hábiles de cada mes calendario desempeñando funciones oficiales dentro de sus respectivos territorios electorales.
La obligación alcanzaría tanto a los integrantes de la Cámara de Diputados como del Senado, aunque con una diferencia territorial determinada por la naturaleza de cada cargo: los diputados deberán cumplirla en sus distritos, mientras que los senadores deberán hacerlo en sus respectivas circunscripciones.
La moción sostiene que actualmente existe una práctica de despliegue territorial parlamentario que no tendría un estándar temporal mínimo establecido directamente por ley.
Desde la perspectiva de sus autores, convertir esa práctica en una obligación legal permitiría establecer un criterio objetivo y verificable de presencia territorial, evitando que el vínculo entre parlamentarios y electores dependa exclusivamente de usos, costumbres o disposiciones internas.
Reglamentos deberán definir cómo se controla el cumplimiento
El proyecto no pretende que la ley regule cada aspecto operativo de la presencia territorial.
La propuesta establece un marco general y entrega a los reglamentos internos del Senado y la Cámara de Diputados la responsabilidad de definir los mecanismos específicos para acreditar el cumplimiento.
Entre esos aspectos estarán la forma de registrar los días de permanencia, las actividades que podrán ser consideradas como funciones oficiales y las circunstancias capaces de justificar una ausencia.
También deberán determinarse los procedimientos sancionatorios aplicables a quienes incumplan injustificadamente el mínimo establecido.
De esta manera, la iniciativa busca combinar una obligación fijada por ley con un margen de autonomía normativa para cada cámara.
Representación política y distancia con los territorios
Uno de los fundamentos centrales de la moción se encuentra en la discusión sobre la naturaleza de la representación parlamentaria.
El proyecto recurre a antecedentes históricos vinculados con la tradición del mandato libre, desarrollada particularmente a partir de la Revolución Francesa, y al pensamiento político de Edmund Burke.
La referencia busca establecer una distinción relevante: un parlamentario no recibe instrucciones imperativas de sus electores para cada decisión legislativa, pero ello no significa que su relación con el territorio pueda desaparecer una vez obtenido el mandato.
Desde esa perspectiva, la presencia territorial sería entendida como una obligación funcional, no como una imposición sobre el contenido de las decisiones políticas que adopta cada representante.
La iniciativa sostiene que la legitimidad del Congreso puede verse afectada cuando los ciudadanos perciben que sus representantes desarrollan gran parte de su actividad lejos de las comunidades que justificaron electoralmente su mandato.
El foco en las zonas extremas y aisladas
La propuesta adquiere una dimensión particular cuando se analiza desde la perspectiva de las regiones más alejadas del centro político del país.
La moción plantea que el centralismo histórico del Estado chileno puede generar mayores dificultades para mantener una relación permanente entre autoridades nacionales y comunidades territoriales.
En zonas extremas o aisladas, factores como las distancias geográficas, conectividad, costos de traslado y menor presencia de instituciones nacionales pueden aumentar la percepción de que las decisiones públicas se adoptan lejos de la realidad local.
Para los impulsores del proyecto, establecer un mínimo legal de presencia podría contribuir a reducir esa brecha y generar un contacto institucional más permanente entre parlamentarios y ciudadanos.
La discusión, por tanto, conecta el régimen de asistencia parlamentaria con una cuestión más amplia: cómo garantizar que la representación política tenga una dimensión territorial efectiva.
La propuesta no busca imponer un mandato imperativo
Uno de los aspectos jurídicamente relevantes del proyecto es que sus autores procuran diferenciar la presencia territorial de un sistema de mandato imperativo.
La iniciativa sostiene que exigir presencia física o actividad oficial en el territorio no significa obligar al parlamentario a votar de una determinada manera, ni someter su libertad de deliberación a instrucciones de los electores.
La obligación sería de carácter adjetivo o funcional, vinculada al desempeño del cargo.
Bajo esa lógica, la permanencia territorial sería comparable con otros deberes asociados al ejercicio parlamentario, como la participación en las sesiones de las respectivas cámaras.
La distinción resulta importante porque permite que la propuesta se centre en el ejercicio material de la representación, sin alterar la autonomía política que caracteriza al mandato parlamentario.
Excepciones y situaciones justificadas
El proyecto también contempla que no toda ausencia necesariamente constituiría un incumplimiento.
Las respectivas Comisiones de Ética y Transparencia Parlamentaria podrían determinar las circunstancias capaces de justificar la falta de presencia territorial.
Entre los ejemplos considerados aparecen las misiones oficiales, viajes internacionales encomendados institucionalmente y emergencias de salud.
La regulación específica quedaría entregada a los reglamentos de cada cámara, que deberán determinar tanto los criterios como el procedimiento para acreditar dichas situaciones.
Esta fórmula busca evitar que el mínimo mensual opere de manera rígida frente a circunstancias en las que la ausencia del parlamentario tenga una justificación institucional o personal debidamente acreditada.
Sanciones y eventuales descuentos económicos
Uno de los elementos con mayor impacto práctico es la posibilidad de establecer consecuencias ante el incumplimiento injustificado.
La propuesta plantea que los reglamentos internos puedan establecer sanciones y eventuales deducciones económicas proporcionales para los parlamentarios que no cumplan con el mínimo de presencia territorial exigido.
El detalle de esas medidas no quedaría completamente definido en la ley, sino que sería desarrollado por las propias cámaras dentro del marco establecido por la nueva obligación legal.
El diseño plantea así una estructura de tres niveles: la ley establecería el deber general, los reglamentos definirían su aplicación y los órganos institucionales correspondientes determinarían si existió un incumplimiento injustificado.
Un cambio en la forma de medir la representación
La discusión abierta por esta moción introduce una pregunta que trasciende el número de días exigidos: ¿cómo debe medirse la presencia efectiva de un representante electo?
La actividad parlamentaria no se limita al contacto presencial con electores. Incluye elaboración legislativa, participación en comisiones, sesiones, fiscalización, negociación política y diversas funciones institucionales.
Sin embargo, el proyecto parte de la premisa de que esas responsabilidades no deberían producir una desconexión permanente respecto de los territorios.
El desafío legislativo será determinar si diez días hábiles mensuales constituyen un estándar razonable y, especialmente, cómo diferenciar una presencia territorial sustantiva de una mera permanencia formal destinada únicamente a cumplir un requisito.
Ese punto será determinante para evaluar la eficacia real de la propuesta.
Conclusión
El proyecto patrocinado por Enrique Lee plantea una modificación relevante al régimen de representación parlamentaria al intentar transformar la presencia territorial en un deber legal verificable. Su eventual aprobación obligaría a diseñar mecanismos objetivos de control, excepciones y sanciones, pero también abriría un debate constitucional e institucional sobre los límites entre autonomía parlamentaria, deberes funcionales y rendición de cuentas ante los electores. Más allá de la cifra de diez días, la discusión de fondo será determinar si la representación democrática puede fortalecerse mediante una relación territorial más permanente y verificable.
















