Corte de Santiago deja sin efecto sanción universitaria por vulnerar el debido proceso
Corte acoge recurso y anula sanción disciplinaria
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto contra la Universidad Autónoma de Chile, dejando sin efecto una sanción disciplinaria de amonestación verbal aplicada a un estudiante.
El tribunal ordenó eliminar toda referencia a dicha sanción y al procedimiento del expediente académico, tras constatar que fue impuesta mediante un proceso ilegal y arbitrario.
Origen del caso: aplicación de protocolo de acoso
El recurrente fue sancionado tras ser sometido al Protocolo de Investigación de Acoso Sexual, Violencia y Discriminación de Género, luego de tomar fotografías en una sala de clases.
Sin embargo, la propia resolución universitaria reconoció que la conducta “no constituía necesariamente una infracción de esa naturaleza”, lo que generó la controversia jurídica.
Cambio de fundamento agrava la irregularidad
Tras la apelación, la universidad confirmó la sanción, pero modificando su fundamento, invocando normas generales de convivencia.
La Corte consideró que esta alteración ex post del fundamento normativo vulnera garantías como el debido proceso y la igualdad ante la ley, al cambiar las reglas bajo las cuales fue juzgado el estudiante.
Tribunal cuestiona uso indebido del protocolo
El fallo estableció que el protocolo especial solo puede aplicarse a conductas de acoso, violencia o discriminación de género, lo que no se configuraba en este caso.
En consecuencia, su utilización fue calificada como carente de sustento jurídico, tornando ilegítimo todo el procedimiento disciplinario.
Vulneración de garantías constitucionales
La Corte concluyó que la actuación de la universidad constituyó un acto ilegal y arbitrario, al someter al estudiante a un procedimiento incorrecto y luego modificar su justificación.
Esto implicó una afectación directa al debido proceso, principio fundamental en cualquier procedimiento sancionatorio.
Conclusión
El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago establece un precedente relevante en materia de derecho disciplinario universitario, al reforzar la exigencia de coherencia y legalidad en los procedimientos sancionatorios.
Desde una perspectiva jurídica, la sentencia delimita con claridad los márgenes de actuación de las instituciones de educación superior, especialmente en el uso de protocolos especiales destinados a materias sensibles como el acoso o la discriminación.
Asimismo, el pronunciamiento subraya que no es admisible que una autoridad modifique el fundamento normativo de una sanción una vez iniciado o concluido el procedimiento, ya que ello vulnera principios básicos del debido proceso y la seguridad jurídica.
En términos institucionales, el fallo también plantea un llamado de atención respecto del uso expansivo de protocolos disciplinarios, evitando que se transformen en herramientas genéricas de sanción sin el debido sustento legal.
En definitiva, la decisión no solo restituye los derechos del estudiante afectado, sino que refuerza estándares de legalidad, transparencia y respeto a las garantías fundamentales en el ámbito universitario.
















