Duro revés para funcionaria del Ejército: deberá reintegrar casi $2 millones por licencias rechazadas

La Corte Suprema confirmó el fallo que rechazó el recurso de protección presentado por una funcionaria del Ejército contra el descuento de $1.926.833 de sus remuneraciones. La justicia concluyó que la institución solo ejecutó las consecuencias administrativas del rechazo de dos licencias médicas.
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Suprema confirma descuento de $1,9 millones a funcionaria del Ejército por licencias rechazadas

La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de protección presentado por una funcionaria del Ejército de Chile contra la decisión institucional de descontar $1.926.833 de sus remuneraciones debido al rechazo de dos licencias médicas.

La Corte de Apelaciones de Valdivia concluyó que el descuento no constituyó un acto ilegal o arbitrario, sino la ejecución de las consecuencias administrativas derivadas del rechazo de las licencias por parte de la Comisión de Sanidad del Ejército, órgano competente para pronunciarse sobre ellas.

Funcionaria cuestionó el descuento de sus remuneraciones

La recurrente sostuvo que la medida era ilegal y arbitraria porque, según afirmó, no había sido debidamente notificada de las resoluciones administrativas que sirvieron de fundamento al descuento.

También cuestionó el rechazo de un recurso extraordinario de revisión, asegurando que la autoridad no habría considerado adecuadamente los antecedentes personales y médicos presentados.

Por ello, solicitó dejar sin efecto las resoluciones cuestionadas y suspender el procedimiento de descuento mientras se resolvía la controversia.

Ejército sostuvo que se trataba de procedimientos distintos

La División de Personal del Ejército pidió rechazar la acción constitucional, argumentando que las resoluciones impugnadas correspondían a procedimientos diferentes y a licencias médicas de periodos distintos.

La institución explicó que una de las resoluciones rechazaba el recurso extraordinario de revisión presentado contra determinadas licencias, mientras que la otra ordenaba reintegrar las remuneraciones correspondientes a otras licencias rechazadas.

De acuerdo con el Ejército, el descuento cuestionado se limitó a ejecutar una decisión previa adoptada por la Comisión de Sanidad y podía ser impugnado mediante los recursos administrativos correspondientes.

Recurso fue presentado dentro del plazo legal

Antes de analizar el fondo, la Corte de Apelaciones de Valdivia descartó que el recurso de protección fuera extemporáneo.

El tribunal estableció que la acción había sido interpuesta dentro del plazo de 30 días, contado desde la notificación de las resoluciones cuestionadas.

Sin embargo, al estudiar los actos administrativos, concluyó que no existía la relación material alegada por la recurrente, debido a que correspondían a procedimientos y licencias médicas diferentes.

Descuento ejecutó el rechazo de las licencias

La Corte determinó que la resolución que ordenó descontar $1.926.833 no adoptó una decisión nueva sobre el estado de salud de la funcionaria.

Según el fallo, el acto administrativo se limitó a aplicar las consecuencias derivadas del rechazo de dos licencias médicas por parte del órgano institucional facultado para evaluarlas.

Los ministros consideraron que la resolución:

  • Tenía fundamento legal y administrativo.
  • Fue dictada por la autoridad competente.
  • Se originó en un procedimiento previamente tramitado.
  • Podía ser impugnada mediante recursos administrativos.

Por esas razones, el tribunal descartó que pudiera calificarse como un acto ilegal o arbitrario susceptible de ser corregido mediante un recurso de protección.

Vía administrativa no había sido agotada

La sentencia también advirtió que no constaba que la funcionaria hubiera utilizado previamente todos los mecanismos administrativos disponibles para cuestionar la resolución que ordenó el reintegro de las remuneraciones.

Para la Corte, esta circunstancia impedía reconocer la existencia de un derecho indubitado que justificara adoptar una medida cautelar urgente a través del recurso de protección.

El tribunal destacó que la afectada podía ejercer los recursos contemplados en la Ley N.º 19.880 y solicitar ante la Contraloría la liberación total o parcial del pago, o facilidades para cumplirlo.

La Contraloría dispone de un mecanismo para que funcionarios públicos reclamen por eventuales vicios de legalidad que afecten sus derechos, aunque advierte que no puede ordenar indemnizaciones como lo haría un tribunal. Portal de reclamos de funcionarios de la Contraloría

Corte detectó una inconsistencia en una resolución

Pese a rechazar la acción, la Corte de Valdivia detectó una diferencia entre los periodos de reposo consignados en dos de los actos administrativos examinados.

Una resolución señalaba un periodo distinto del mencionado en el acto que rechazó el recurso de reposición y que servía como antecedente del descuento.

No obstante, los ministros estimaron que esa inconsistencia no tenía la entidad suficiente para convertir el procedimiento en ilegal o arbitrario ni para justificar que la Corte dejara sin efecto el descuento.

Revisión extraordinaria tiene causales limitadas

Respecto del recurso extraordinario de revisión, el tribunal recordó que se trata de un mecanismo excepcional que solo procede cuando concurre alguna de las causales establecidas expresamente en el artículo 60 de la Ley N.º 19.880. Texto oficial de la Ley N.º 19.880

La Corte estimó que la resolución que rechazó esa presentación estaba suficientemente motivada.

También descartó que el cambio de apellido de la funcionaria configurara un error de hecho capaz de justificar la revisión, debido a que la afectada había sido correctamente individualizada mediante su RUT.

Corte Suprema confirmó el fallo

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó finalmente el recurso de protección, al no advertir una actuación ilegal o arbitraria de la División de Personal del Ejército.

Apelada la sentencia, la Corte Suprema la confirmó, manteniendo vigente la resolución que dispuso el descuento de $1.926.833 de las remuneraciones de la funcionaria.

Conclusión jurídica

El pronunciamiento establece que el recurso de protección no constituye, por regla general, la vía apropiada para reemplazar los procedimientos administrativos destinados a discutir el rechazo de licencias médicas o sus consecuencias económicas.

En este caso, los tribunales no efectuaron una nueva evaluación médica ni resolvieron si las licencias debían ser autorizadas. Su análisis se concentró en determinar si la orden de descuento constituía una actuación ilegal o arbitraria, conclusión que fue descartada porque la medida ejecutaba decisiones administrativas previas.

La sentencia no impide que la afectada recurra a los mecanismos administrativos que eventualmente continúen disponibles o solicite facilidades respecto de la deuda. Sin embargo, la confirmación de la Corte Suprema deja firme el rechazo de la acción constitucional y mantiene, por esa vía, el reintegro ordenado por el Ejército.

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