Investigación incorpora pago de deuda de $28 millones de Karol Cariola
Los antecedentes forman parte de la investigación que dirige la Fiscalía Regional de Coquimbo
Nuevos antecedentes incorporados a la investigación por un eventual tráfico de influencias revelan que la senadora Karol Cariola mantuvo una deuda cercana a $28 millones con el ciudadano chino Bo Yang, quien actuó como intermediario en el arriendo del departamento que ocupó en la comuna de Providencia entre marzo de 2022 y marzo de 2025.
De acuerdo con la declaración prestada por la parlamentaria ante el fiscal regional Patricio Cooper, el acuerdo de arriendo fue inicialmente verbal debido a que el propietario del inmueble, el ciudadano chino Hong Chen, se encontraba fuera de Chile, siendo Yang quien gestionó la operación.
La deuda se acumuló durante el contrato de arriendo
Cariola sostiene que el pago diferido fue acordado previamente
Según la investigación, el canon mensual inicialmente informado fue de $950.000, aunque posteriormente se comunicó que el valor real ascendía a $1.150.000, diferencia que, según declaró la parlamentaria, quedó pactada para ser cancelada al término del contrato.
A ello se sumaron meses impagos y otros conceptos derivados del arriendo, situación que elevó la deuda hasta aproximadamente $28 millones, monto que finalmente fue cancelado mediante un cheque emitido en julio de 2025, con apoyo financiero de un familiar que obtuvo un crédito bancario.
La defensa de Cariola sostiene que el mecanismo de pago diferido había sido acordado entre las partes desde el inicio del contrato y que la obligación fue íntegramente cumplida al finalizar la relación contractual.
El vínculo con Bo Yang también aparece en el denominado Caso Chinamart
Las conversaciones con Irací Hassler dieron origen a una investigación penal
La relación entre Cariola y Bo Yang también aparece en la investigación conocida como Caso Chinamart, iniciada tras el análisis del teléfono celular de la entonces alcaldesa de Santiago, Irací Hassler, en el contexto del caso Sierra Bella.
Entre las conversaciones incorporadas a la carpeta investigativa figuran gestiones realizadas por Cariola consultando sobre la renovación de la patente de alcoholes del local comercial Chinamart, identificado por ella como perteneciente a uno de sus “amigos chinos empresarios”. Posteriormente se estableció que Yang actuaba como intermediario y no como propietario del establecimiento.
Otros antecedentes incorporados a la investigación
Cumpleaños, gestiones migratorias y transferencias bancarias
La investigación también recoge otros episodios relacionados con Yang.
Entre ellos figura su participación como intermediario para la organización del cumpleaños de la parlamentaria en 2022, evento al que asistió el Presidente Gabriel Boric, además de una consulta realizada por Cariola al entonces subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, respecto de un ciudadano chino retenido en el aeropuerto de Santiago.
La defensa de Bo Yang sostiene que todas las actuaciones de su representado fueron legales y que no existe ninguna irregularidad en el cierre del contrato de arriendo ni en las demás actuaciones investigadas. Asimismo, descarta cualquier participación de Yang en otras investigaciones penales vinculadas a empresarios chinos.
La investigación continúa bajo dirección del Ministerio Público
Fiscalía deberá determinar si existieron conductas constitutivas de delito
Hasta ahora, la investigación permanece en etapa de desarrollo y el Ministerio Público continúa reuniendo antecedentes para determinar si las gestiones realizadas por la parlamentaria pueden configurar el delito de tráfico de influencias u otras figuras penales previstas en la legislación chilena.
La existencia de la deuda, su posterior pago y la relación entre las partes constituyen antecedentes incorporados a la carpeta investigativa, pero no implican por sí solos la configuración de responsabilidad penal, la cual deberá establecerse conforme a las diligencias pendientes y a la eventual decisión de los tribunales competentes.
Conclusión jurídica
Desde una perspectiva jurídica, este caso presenta especial relevancia por la interacción entre relaciones patrimoniales privadas y eventuales actuaciones de una autoridad pública frente a intereses de terceros. En el ordenamiento chileno, el delito de tráfico de influencias exige acreditar que un funcionario o autoridad utilizó indebidamente la posición derivada de su cargo para influir en decisiones de otros órganos públicos en beneficio propio o de terceros.
La sola existencia de una deuda contractual, de vínculos personales o comerciales, o de comunicaciones con particulares no configura automáticamente un ilícito penal. Corresponderá al Ministerio Público demostrar, mediante antecedentes objetivos, la existencia de un eventual uso indebido de influencia y la concurrencia de todos los elementos exigidos por el tipo penal. En consecuencia, mientras no exista una resolución judicial firme, rigen plenamente los principios del debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho de todas las personas involucradas a una investigación imparcial y fundada en prueba suficiente.















