Kast anuncia Estado de Catástrofe para Coquimbo y Huasco tras daños por sistema frontal
El Presidente José Antonio Kast anunció este lunes la decisión de declarar Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en la Región de Coquimbo y la provincia de Huasco, debido a las consecuencias provocadas por el sistema frontal.
El anuncio fue realizado antes de encabezar un nuevo Consejo de Gabinete en La Moneda y después de que los alcaldes de Coquimbo, La Serena y Ovalle solicitaran al Ejecutivo adoptar la medida.
La decisión fue confirmada oficialmente por el Gobierno, que indicó que busca fortalecer la coordinación y la respuesta estatal frente a la emergencia registrada en ambas zonas. Gobierno de Chile
Kast confirma Estado de Catástrofe en Coquimbo y Huasco
El mandatario explicó que las autoridades habían evaluado previamente las condiciones necesarias para activar el estado de excepción.
“Hemos determinado que esto se realice en la Región de Coquimbo y en la provincia de Huasco”, confirmó Kast.
El Presidente también informó que funcionarios del Gobierno ya se encuentran desplegados en las zonas afectadas. Según detalló, representantes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y del Ministerio de Desarrollo Social se trasladaron hasta Huasco para colaborar con las autoridades provinciales.
Asimismo, solicitó al ministro de Obras Públicas permanecer en la Región de Coquimbo para coordinar las labores relacionadas con los cortes de rutas y los daños ocasionados por el sistema frontal.
¿Cuándo comienza a regir el Estado de Catástrofe?
El solo anuncio presidencial no activa automáticamente todas sus facultades. De acuerdo con la Ley N.º 18.415, el estado de excepción debe establecerse mediante un decreto supremo firmado por el Presidente y los ministros del Interior y de Defensa Nacional.
La medida comienza a regir desde la publicación del decreto en el Diario Oficial. Ley N.º 18.415
Además, el Presidente debe designar a un jefe de la Defensa Nacional, quien asumirá la dirección y supervigilancia de la jurisdicción correspondiente y podrá recibir facultades delegadas para enfrentar la emergencia.
Las cuatro medidas que permite adoptar
Durante la vigencia del Estado de Catástrofe, el Presidente puede adoptar cuatro medidas principales:
- Restringir las libertades de locomoción y de reunión.
- Disponer requisiciones de bienes.
- Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
- Adoptar medidas administrativas extraordinarias para restablecer la normalidad en las zonas afectadas.
Estas facultades no significan que todas las restricciones se apliquen automáticamente. Cada medida deberá ser dispuesta por la autoridad competente, guardar relación con la emergencia y ser debidamente comunicada.
La normativa también establece que las personas pueden tener derecho a una indemnización por los perjuicios directos derivados de una requisición de bienes o de determinadas limitaciones al derecho de propiedad.
Facultades del jefe de la Defensa Nacional
La autoridad militar designada podrá asumir la coordinación de las Fuerzas Armadas y de Orden presentes en el territorio declarado bajo Estado de Catástrofe.
Entre sus atribuciones se encuentran:
- Controlar el ingreso, la salida y el tránsito dentro de la zona.
- Proteger servicios de utilidad pública e infraestructura relevante.
- Ordenar el almacenamiento y la distribución de alimentos y artículos esenciales.
- Impartir instrucciones a organismos estatales y municipalidades.
- Establecer condiciones para reuniones en espacios públicos.
- Dictar instrucciones destinadas a mantener el orden y enfrentar los efectos de la calamidad.
¿Cuánto puede durar el Estado de Catástrofe?
La declaración puede extenderse por un plazo máximo inicial de 90 días. Si las circunstancias que motivaron la medida persisten, el Presidente podrá solicitar su prórroga o efectuar una nueva declaración.
El Ejecutivo también deberá informar al Congreso Nacional sobre las medidas adoptadas durante su vigencia. La Biblioteca del Congreso explica los alcances, autoridades y restricciones asociadas a este estado de excepción. Biblioteca del Congreso Nacional
Conclusión jurídica
La declaración entrega al Ejecutivo herramientas extraordinarias para coordinar recursos civiles, administrativos, policiales y militares frente a una calamidad pública. Sin embargo, su aplicación no elimina los controles legales ni permite restricciones generales sin fundamento.
Las medidas deberán ser necesarias, proporcionales y limitadas territorialmente a la Región de Coquimbo y la provincia de Huasco. También deberán finalizar cuando termine la vigencia del estado de excepción.
El punto inmediato será la publicación del decreto, la designación del jefe o los jefes de la Defensa Nacional y la comunicación de las disposiciones específicas que regirán para los habitantes de las zonas afectadas.
















