Abogado ingresó 38 mil escritos con un robot y Corte Suprema indaga eventual abuso procesal
Abogado ingresó 38 mil escritos con un robot y Corte Suprema indaga eventual abuso procesal
La utilización de herramientas automatizadas para realizar gestiones judiciales abrió un nuevo foco de preocupación en el Poder Judicial, después de que un abogado ingresara 38.477 escritos en tribunales civiles de todo el país durante un período inferior a tres días.
La situación fue analizada este martes 28 de julio por el pleno extraordinario de la Corte Suprema, que solicitó al Departamento de Informática de la Corporación Administrativa del Poder Judicial un informe técnico destinado a establecer cómo se produjo la operación masiva, cuál fue su impacto efectivo sobre los sistemas institucionales y qué medidas deben adoptarse para impedir que un episodio similar vuelva a ocurrir.
Aunque inicialmente algunas publicaciones atribuyeron el hecho al uso de inteligencia artificial, los antecedentes conocidos solo permiten establecer, hasta ahora, la utilización de una herramienta automatizada, agente externo o robot. El informe deberá precisar sus características y determinar si efectivamente incorporaba algún sistema de inteligencia artificial.
Más de 38 mil escritos ingresados en menos de tres días
La alerta fue planteada por el Comité de Jueces Civiles de Santiago mediante un oficio dirigido a la presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich.
El documento fue suscrito por la jueza del Decimoséptimo Juzgado Civil de Santiago, Rocío Pérez Gamboa, quien expuso que la cantidad de presentaciones detectadas superó ampliamente la capacidad habitual de procesamiento de los tribunales.
Según la información comunicada por el Sistema Informático de Tramitación de Causas Civiles, el ingreso automatizado habría comenzado el sábado 25 de julio. Hasta las 11:30 horas del lunes 27 se habían contabilizado 38.477 escritos, equivalentes a entre 500 y 900 presentaciones por tribunal.
La mayoría correspondía a:
- Solicitudes de desarchivo de causas.
- Renuncias de patrocinio y poder.
- Presentaciones relacionadas con procedimientos civiles.
La magnitud de la operación provocó una sobrecarga que no se limitó al funcionamiento informático. Cada escrito debía ser incorporado a una causa determinada, revisado y posteriormente tramitado por funcionarios y jueces.
Tribunales advirtieron falta de recursos
En su oficio, el comité señaló que los tribunales no contaban con los medios suficientes para absorber repentinamente semejante volumen de trabajo.
“No contamos con los recursos técnicos ni humanos disponibles para enfrentar esta contingencia”.
Según los magistrados, la carga automatizada habría alterado la organización interna de los juzgados, al obligar a destinar funcionarios a la revisión de miles de solicitudes generadas durante pocas horas.
Esta situación revela que una actuación automatizada puede no provocar necesariamente una caída general de la plataforma, pero sí generar una sobrecarga operativa y humana capaz de afectar la tramitación ordinaria de otras causas.
Abogado habría utilizado un “agente externo”
De acuerdo con los antecedentes comunicados desde el centro de atención de la Oficina Judicial Virtual, el abogado Paul Andrés Chateau Undurraga habría explicado que anteriormente prestaba servicios profesionales a diferentes entidades y que, tras finalizar esos vínculos, debía renunciar al patrocinio y poder en las causas donde continuaba registrado.
Entre los antiguos clientes mencionados en el reporte figurarían:
- Santander.
- Caja Los Andes.
- CAT Cencosud.
- Los Parques Cementerio.
Para efectuar las renuncias, el profesional habría utilizado un “agente externo” o robot, evitando ingresar manualmente cada escrito en las causas correspondientes.
El abogado fue contactado por uno de los medios que informó sobre el caso, pero declinó realizar declaraciones públicas y señaló que estaba abordando directamente la situación con la Corte Suprema.
Hasta ahora no se ha informado que exista una sanción firme o una resolución que establezca responsabilidad disciplinaria o penal del profesional. Esa determinación dependerá de la investigación técnica y de los procedimientos que eventualmente decida iniciar el máximo tribunal.
Posible abuso procesal
Para el Comité de Jueces Civiles, lo ocurrido no constituye únicamente un problema informático. Los magistrados estimaron que el ingreso masivo podría representar un uso abusivo de las herramientas tecnológicas y eventualmente configurar una forma de abuso procesal.
La Ley N.º 20.886, que regula la tramitación electrónica de los procedimientos judiciales, exige que las partes, sus apoderados y todos quienes intervengan mediante los sistemas informáticos actúen de buena fe.
La legislación dispone que el juez, de oficio o a petición de parte, debe prevenir, corregir y sancionar las acciones u omisiones que impliquen:
- Fraude o abuso procesal.
- Contravención de los actos propios.
- Actuaciones dilatorias.
- Conductas ilícitas.
- Comportamientos contrarios a la buena fe.
El artículo 5 de la misma ley establece que el ingreso de las demandas y los escritos se realiza electrónicamente mediante el sistema de tramitación del Poder Judicial. Sin embargo, que la plataforma permita efectuar una actuación no elimina el deber de utilizarla de forma compatible con la buena fe procesal y con el correcto funcionamiento del servicio judicial. Ley N.º 20.886
Diferencia entre automatización e inteligencia artificial
Uno de los aspectos centrales consiste en determinar qué tecnología fue utilizada.
Un programa que repite instrucciones previamente configuradas —como ingresar el mismo tipo de presentación en numerosas causas— puede ser una herramienta de automatización robótica, sin que necesariamente corresponda a un sistema de inteligencia artificial.
La inteligencia artificial, en cambio, generalmente incorpora capacidades como análisis de información, generación de contenido, reconocimiento de patrones o toma automatizada de decisiones.
Por esta razón, no resulta técnicamente riguroso afirmar de manera categórica que los 38.477 escritos fueron ingresados mediante inteligencia artificial. Lo comprobado hasta ahora es el aparente uso de un mecanismo automatizado. La naturaleza exacta del programa deberá ser establecida por el informe solicitado por la Corte Suprema.
Bloqueo de la dirección IP
Como primera medida de contención, la Corporación Administrativa del Poder Judicial bloqueó la dirección IP desde la cual se habrían realizado las presentaciones.
Posteriormente, la Dirección de Comunicaciones de la institución informó que la Oficina Judicial Virtual y el sitio web del Poder Judicial funcionaban normalmente.
Estos antecedentes obligan a distinguir entre la sobrecarga denunciada por los tribunales civiles y un colapso general y permanente de las plataformas. La Oficina Judicial Virtual es el sistema habilitado oficialmente para el ingreso electrónico de causas y escritos ante los distintos tribunales del país. Oficina Judicial Virtual
El comité pidió mantener la restricción técnica mientras se resuelve el asunto y solicitó implementar mecanismos para detectar y frenar operaciones automatizadas.
Entre las posibles medidas se encuentran:
- Sistemas CAPTCHA para comprobar la intervención humana.
- Límites de presentaciones por usuario durante períodos determinados.
- Alertas frente a patrones de actividad inusuales.
- Sistemas de autenticación reforzada.
- Bloqueos temporales ante cargas masivas.
- Protocolos especiales para operaciones legítimas de gran volumen.
Posibles responsabilidades disciplinarias
Los jueces solicitaron requerir al abogado un informe detallado, mantener restringido su acceso mientras se esclarecen los hechos y examinar eventuales responsabilidades disciplinarias o penales.
También pidieron evaluar el ejercicio de las atribuciones disciplinarias establecidas en el Código Orgánico de Tribunales.
No obstante, la presentación masiva no configura automáticamente un delito. Para sostener una eventual responsabilidad penal sería necesario identificar una conducta prevista expresamente por la legislación, acreditar sus elementos y determinar el grado de participación correspondiente.
En el ámbito disciplinario o procesal, en cambio, podría examinarse si la conducta infringió la buena fe, afectó el funcionamiento del servicio o constituyó un ejercicio abusivo de las facultades que el sistema concede a los abogados.
Solicitan prohibición temporal del uso de IA
Una de las peticiones más amplias del comité consiste en prohibir temporalmente el uso de inteligencia artificial para ingresar escritos mientras no exista una política institucional clara sobre el control de estas tecnologías.
La solicitud se presenta en momentos en que el Poder Judicial se encuentra elaborando un marco específico. El Plan Estratégico 2026-2030 incluyó entre sus iniciativas prioritarias la definición de una Política Institucional de Inteligencia Artificial.
La presidenta de la Corte Suprema ha planteado la necesidad de diferenciar el apoyo tecnológico de la función jurisdiccional. Las herramientas automatizadas pueden colaborar en tareas repetitivas, pero la responsabilidad sobre las actuaciones procesales y las decisiones judiciales debe continuar radicada en personas identificables.
Colegio de Abogados publicó guía sobre inteligencia artificial
El caso también coincide con la publicación de una guía del Colegio de Abogados de Chile sobre el uso profesional de sistemas de inteligencia artificial.
El documento, difundido el 15 de julio de 2026, se aplica al empleo de estos sistemas en distintas etapas del ejercicio profesional, incluidas la asesoría, representación judicial, litigación, negociación y redacción de escritos. Colegio de Abogados de Chile
El episodio incorpora una dimensión diferente al debate: incluso cuando el contenido de una presentación sea legítimo, su ejecución automatizada a gran escala puede trasladar una carga desproporcionada hacia los tribunales y afectar la continuidad del servicio.
Conclusión jurídica
El ingreso de 38.477 escritos mediante un robot expone una brecha entre la digitalización de la justicia y las reglas destinadas a controlar el uso intensivo de las plataformas judiciales.
La Ley N.º 20.886 permite y exige la presentación electrónica de escritos, pero esa autorización no constituye un derecho ilimitado a ejecutar operaciones automatizadas sin considerar sus efectos. El principio de buena fe procesal obliga a ejercer las facultades judiciales de manera compatible con la finalidad del procedimiento y con el adecuado funcionamiento de la administración de justicia.
El análisis jurídico deberá considerar si los escritos respondían a actuaciones procesales necesarias, si existían alternativas menos perjudiciales, si el profesional conocía el impacto que produciría la operación y si infringió condiciones técnicas o normas institucionales.
También será necesario evitar una prohibición excesivamente amplia. La automatización puede facilitar la gestión de causas, reducir errores y mejorar el acceso a la justicia cuando se utiliza bajo controles adecuados. El problema no reside necesariamente en la tecnología, sino en la escala, la falta de límites y la ausencia de mecanismos capaces de impedir que una acción individual transfiera miles de horas de trabajo al sistema judicial.
El informe de la Corporación Administrativa será determinante para esclarecer si existieron fallas de seguridad, incumplimientos técnicos o afectaciones mayores. Solo después de conocer ese antecedente corresponderá resolver eventuales responsabilidades y establecer reglas generales para el uso de robots e inteligencia artificial en la justicia chilena.
















