Dinero, casinos y presuntos nexos mafiosos: el empresario vinculado a Camila Flores
Aportes bajo sospecha: empresario que se reunió con Camila Flores mantiene negocios con ciudadano chino investigado por delitos graves
Una investigación periodística reveló nuevos antecedentes sobre los aportes de campaña a Camila Flores que Luis Villa Villar habría ofrecido gestionar durante la pasada elección senatorial. El empresario mantiene negocios con Haiwei Xu, ciudadano chino investigado anteriormente por delitos como secuestro, soborno, contrabando y funcionamiento de casinos clandestinos.
Los antecedentes no acreditan que la actual senadora de Renovación Nacional haya recibido dinero de origen extranjero ni permiten atribuirle participación en los hechos investigados contra Villa o Xu. Sin embargo, las conexiones conocidas abren interrogantes sobre la transparencia de las gestiones realizadas alrededor de su campaña y sobre el eventual origen de los aportes ofrecidos.
La senadora ha negado haberse reunido con Villa y recibir los servicios de impresión que dieron origen a la controversia. No obstante, existen registros vinculados al retiro de material electoral desde la imprenta del tío del empresario.
La reunión durante la campaña senatorial
De acuerdo con la investigación periodística, Camila Flores y Luis Villa sostuvieron una reunión de aproximadamente 20 minutos en un restaurante de Viña del Mar cuando la parlamentaria se encontraba en plena campaña.
Villa ha señalado que concurrió al encuentro para plantear la posibilidad de entregar aportes provenientes de ciudadanos chinos a quienes representaba. La existencia de la reunión fue conocida después de que un tío del empresario demandara a Flores por el supuesto no pago de la impresión de imanes utilizados en su campaña.
La parlamentaria negó tanto la reunión como la contratación de esos servicios. Sin embargo, el reportaje señala que existen registros del funcionario de Carabineros perteneciente a la Dirección de Protección de Personas Importantes asignado a Flores y del vehículo parlamentario retirando el material desde la imprenta.
Estos antecedentes permiten acreditar —según la investigación citada— el retiro del material electoral, pero no demuestran por sí solos que Flores haya recibido aportes ilícitos o conocido los antecedentes judiciales de quienes ofrecían colaborar con su campaña.
Luis Villa y su sociedad con Haiwei Xu
La revisión de las sociedades inscritas por Luis Villa permitió detectar que su único socio de nacionalidad china sería Haiwei Xu. Ambos constituyeron en marzo de 2022 la empresa Administradora de Establecimientos Comerciales SpA, en la cual Xu mantiene el 95% de participación.
La sociedad conserva actividades registradas ante el Servicio de Impuestos Internos y presenta movimientos tributarios informados hasta 2024.
Xu ocupa además el cargo de vicepresidente ejecutivo de la Asociación de Qingtian en Lishui-Chile, gremial encabezada por Zhengbo Xu, empresario relacionado con un megaproyecto cultural y comercial proyectado en el barrio Meiggs.
La pertenencia a una misma sociedad constituye una conexión comercial directa entre Villa y Xu, pero no permite, por sí sola, imputar responsabilidad penal a ninguno de ellos por las actuaciones atribuidas al otro.
Investigaciones contra Haiwei Xu
Haiwei Xu fue formalizado por secuestro después de que Carabineros encontrara a un trabajador chino encerrado en un establecimiento clausurado de Los Andes.
Según el Ministerio Público, la víctima permanecía sin posibilidades de salir del recinto. Xu sostuvo que desconocía que el trabajador se encontraba dentro cuando las autoridades instalaron los sellos de clausura.
En julio de 2025, la Fiscalía comunicó su decisión de no perseverar, dejando sin efecto la formalización y las medidas cautelares. Jurídicamente, esta decisión significa que el Ministerio Público estimó que no contaba con antecedentes suficientes para continuar el procedimiento, pero no equivale necesariamente a una sentencia absolutoria sobre el fondo.
Xu también fue relacionado con investigaciones por:
- Funcionamiento de establecimientos con máquinas tragamonedas sin autorización.
- Soborno y cohecho en Chañaral.
- Contrabando de cigarrillos ingresados por el Puerto de San Antonio.
- Infracciones a la propiedad intelectual por cargadores falsificados.
- Una denuncia por estafa electrónica presentada en 2025.
Las causas tuvieron distintos resultados procesales, entre ellos decisiones de no perseverar, acuerdos reparatorios, suspensiones condicionales o determinaciones de no iniciar una investigación.
Por ello, resulta jurídicamente incorrecto presentar todas estas imputaciones como condenas o delitos acreditados.
Los nexos con un imputado por crimen organizado
La investigación también identificó vínculos societarios indirectos entre Haiwei Xu y Ping Lin, empresario acusado por la Fiscalía de encabezar una organización investigada por trata de personas con fines de explotación sexual, narcotráfico y tenencia ilegal de armas.
Dos socios comerciales de Xu participan simultáneamente en una empresa constituida junto a Ping Lin. El domicilio de esa sociedad coincide con un establecimiento de juegos de azar y máquinas tragamonedas ubicado en Lautaro.
El Ministerio Público habría solicitado 55 años de cárcel contra Lin. No obstante, mientras no exista una sentencia condenatoria firme, debe ser tratado como acusado y amparado por la presunción de inocencia.
Estos antecedentes muestran conexiones comerciales entre distintas personas, pero no permiten afirmar automáticamente que Xu integre una organización criminal. CIPER consultó a la Fiscalía Supraterritorial si el empresario figuraba formalmente como jefe o miembro de una estructura mafiosa, sin obtener respuesta hasta la publicación del reportaje.
El historial judicial de Luis Villa
Luis Villa también registra investigaciones y procedimientos relacionados con casinos ilegales, rotura de sellos, negocios automotrices, cheques, incumplimientos contractuales y violencia intrafamiliar.
Fue condenado en primera instancia a tres años y un día de presidio por uso malicioso de cheques, pero la Corte de Apelaciones de Talca anuló el juicio, por lo que esa resolución no puede ser presentada como una condena actualmente vigente.
En otro procedimiento fue sobreseído por el Juzgado de Garantía de Los Andes, debido a que la Fiscalía no logró acreditar que hubiera participado en la rotura de sellos de un establecimiento clausurado.
Villa declaró en una investigación que se dedicaba a asesorar a ciudadanos chinos para obtener documentación personal, cédulas de identidad, patentes comerciales y otras autorizaciones necesarias para instalar negocios en Chile.
También sostuvo que algunos empresarios extranjeros tendrían interés en colaborar con políticos para facilitar posteriormente sus diligencias administrativas. Esta afirmación corresponde exclusivamente a su versión y no constituye una acreditación de que la senadora Flores haya realizado gestiones a cambio de aportes.
El marco legal de los aportes electorales
La Ley N.º 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral establece reglas estrictas para el financiamiento de las candidaturas.
El artículo 8 define como financiamiento privado cualquier contribución en dinero o valorizable económicamente destinada a cubrir gastos electorales. Esto puede incluir bienes, servicios, comodatos o prestaciones entregadas gratuitamente.
La legislación dispone, además, que:
- Los aportes deben canalizarse mediante los mecanismos administrados por el Servicio Electoral.
- El pago directo o indirecto de gastos por terceras personas puede considerarse un aporte electoral.
- Los administradores deben registrar el dinero, las especies y los servicios recibidos por una candidatura.
- Las personas jurídicas, públicas o privadas, no pueden efectuar aportes, salvo las excepciones legales.
- Los aportes provenientes de personas naturales o jurídicas extranjeras están prohibidos, excepto aquellos realizados por extranjeros legalmente habilitados para votar en Chile.
Estas reglas se encuentran recogidas en los artículos 8, 9, 16, 24 y 26 de la Ley N.º 19.884.
En consecuencia, la sola conversación sobre un eventual aporte no configura necesariamente una infracción. Para determinar una responsabilidad sería necesario establecer si existió una contribución efectiva, su monto, procedencia, modalidad, registro y conocimiento por parte de la candidatura.
Silencio de los involucrados
La senadora Camila Flores fue consultada sobre si conocía los antecedentes judiciales y comerciales de Luis Villa, pero declinó referirse al asunto.
También se intentó contactar a Villa, Haiwei Xu y sus abogados mediante los números telefónicos y correos disponibles, sin obtener respuesta hasta el cierre de la investigación original.
Conclusión jurídica
Los antecedentes conocidos justifican una revisión transparente del eventual ofrecimiento de aportes y de los servicios electorales mencionados, pero no permiten afirmar que Camila Flores haya recibido financiamiento ilegal ni que mantenga vínculos con una organización criminal.
Desde una perspectiva jurídica, el punto central no consiste solamente en determinar quién ofreció colaborar, sino establecer si hubo una contribución concreta —en dinero, especies o servicios—, cuál fue su verdadero origen y si fue declarada mediante los mecanismos establecidos por el Servel.
La eventual entrega gratuita o subvalorada de material de propaganda puede ser considerada un aporte electoral, debido a que la ley incluye las contribuciones valorizables en dinero y los pagos efectuados indirectamente por terceros. Sin embargo, una imputación administrativa o penal requiere pruebas que acrediten la existencia del aporte, la participación de las personas involucradas y, cuando corresponda, su conocimiento o intención.
Los antecedentes judiciales de Villa y Xu tampoco pueden trasladarse automáticamente a la parlamentaria. La responsabilidad penal es personal y no se determina por proximidad, reuniones o relaciones comerciales indirectas.
El caso plantea, de todos modos, una cuestión institucional relevante: quienes aspiran a cargos públicos deben aplicar controles rigurosos sobre el origen de los recursos y servicios ofrecidos durante una campaña. La transparencia electoral no solo exige cumplir formalmente la ley, sino también prevenir que aportes privados se transformen en mecanismos de influencia futura sobre las decisiones públicas.
















